Medidas anticorrupción
1) ESIC y sus partes interesadas (trabajadores, alumnos, clientes, proveedores, colaboradores y sociedad en general) se comprometen a que, en la ejecución de sus actividades conjuntas, cumplirán y harán cumplir en todo momento la legislación en materia de blanqueo de capitales, financiación del terrorismo, estafa, corrupción en los negocios, tráfico de influencias, cohecho y, en general, con la legislación penal aplicable y con cualquier otra normativa de aplicación a la relación entre las partes. En particular, y sin perjuicio del cumplimiento del resto de obligaciones que impone la legislación vigente, las partes, en la ejecución de tales actividades, se abstendrán de efectuar las siguientes actuaciones, ya sea por sí mismo o por persona interpuesta:
- Prometer, ofrecer o conceder a directivos, administradores, empleados o colaboradores de las partes interesadas cualquier beneficio o ventaja no justificados, de cualquier naturaleza, para ellos o para terceros, como contraprestación para que se le favorezca indebidamente a él o a un tercero frente a otros en la adquisición o venta de mercancías, contratación de servicios o en las relaciones comerciales.
- Prometer, ofrecer, o conceder cualquier beneficio o ventaja indebidos, pecuniarios o de otra clase, a una autoridad, funcionario o empleado público en beneficio de éstos o de un tercero, o atender las solicitudes de éstos al respecto, con el fin de que actúen o se abstengan de actuar en relación con el ejercicio de funciones públicas para conseguir o conservar cualquier ventaja en relación con el cumplimiento del Contrato suscrito con cualquiera de las partes o sus sociedades/entidades vinculadas.
2) Todos los trabajadores afectados por el objeto del presente contrato/convenio (ya sea personal propio o subcontratado y personal asimilado), serán conocedores de la existencia de un "Código Ético" de ESIC, de obligado seguimiento por las partes, accesible en:
https://www.esic.edu/themes/esic/pdfs/A4_CODIGO_ETICO_ESIC_2022.pdf
3) Las partes se comprometen durante la vigencia de los contratos o convenios que les vinculen y durante el tiempo posterior de prescripción de las acciones derivadas del mismo, a:
Mantener libros y registros financieros precisos y razonablemente detallados en relación con las actividades realizadas.
- Mantener en vigor, durante la vigencia de las relaciones entre las partes, sus propias políticas o procedimientos para garantizar el cumplimiento de las normas éticas y de anticorrupción y ofrecer garantías razonables de que las violaciones de tales normas serán prevenidas, detectadas y enmendadas.
- Informarse sin demora de cualquier violación de sus obligaciones en virtud de las relaciones entre las partes. En tal caso, las partes interesadas se reservan el derecho a exigirse recíprocamente la adopción inmediata de las medidas correctoras adecuadas y, en su caso, de informar a las autoridades competentes de las conductas detectadas.
- Comprobar el cumplimiento por la otra parte de sus obligaciones y declaraciones durante su relación contractual o convencional. Las partes cooperarán plenamente en cualquier auditoría, revisión o investigación realizada por la otra parte o en su nombre.
4) Además del Código Ético, ESIC ha aprobado una Política General de Cumplimiento Normativo que incluye su Código de Buen Gobierno y Código de Buenas Prácticas, así como Protocolos contra la discriminación y el acoso en sus diversas comunidades y ámbitos. Las partes se comprometen a aceptar, cumplir y hacer cumplir estos Códigos y Protocolos, a través de los contratos o convenios suscritos con ESIC o de su aceptación o comunicación aparte, a fin de mantener su compromiso para evitar actuaciones éticamente reprobables, ilegales o que vayan en contra de valores comunes. Estas políticas y protocolos estarán disponibles en los enlaces señalados en este párrafo:
https://www.esic.edu/sites/default/files/2023-05/POLITICA_GENERAL_CUMPLIMIENTO_NORMATIVO.pdf
https://www.esic.edu/sites/default/files/2023-05/CODIGO_BUEN%20GOBIERNO.pdf
https://www.esic.edu/sites/default/files/2023-05/CODIGO_BUENAS_PRACTICAS.pdf
https://www.esic.edu/sites/default/files/2023-08/06_202302_EU%20protocolo%20acoso%20universitaria.pdf
https://www.esic.edu/sites/default/files/2023-06/protocolo_acoso_educativa.pdf
Responsabilidad Social Corporativa (RSC – ESG)
ESIC y sus partes interesadas están comprometidas con una misión y valores acordes con la Responsabilidad Social, promoviendo el desarrollo de la ética y la responsabilidad social corporativa, en los ámbitos académico, social, empresarial y de la investigación. En sus sitios Web pueden obtener más información en este ámbito.
Las partes declaran que utilizarán de forma eficiente los recursos, tales como la electricidad y el agua; cumplirán estrictamente con los requerimientos legales ambientales que sean de aplicación en el desarrollo de sus actividades; se comprometerán, en todo momento, a minimizar las molestias que sobre el entorno puedan producir sus actividades; disponen de las medidas adecuadas necesarias para prevenir accidentes o incidentes con repercusión ambiental; todo su personal, así como el de las empresas subcontratadas, conoce debidamente las normas ambientales establecidas, no pudiendo alegar en ningún caso ignorancia o desconocimiento de las mismas.
Las partes manifiestan que, en el desarrollo de sus actividades, respetan los derechos laborales y sindicales de sus trabajadores, no utilizan mano de obra infantil, rechazan cualquier clase de trabajo forzoso, prohíben cualquier tipo de discriminación, cumplen con la legislación en materia de prevención de riesgos laborales y velan por la seguridad de sus trabajadores en el ejercicio de sus obligaciones profesionales. Además, ESIC tiene un firme compromiso con la responsabilidad social, sostenibilidad - ODS 2030 y medioambiente:
https://www.esic.edu/institucion/responsabilidad-social-esic
https://www.esic.edu/institucion/sostenibilidad-y-ods
https://www.esic.edu/institucion/sostenibilidad/impacto-medioambiental
Sistema Interno de Información y canal de infracciones
Los canales que ESIC ha implementado para la realización de cualquier comunicación, en materia de cumplimiento normativo, son: Comunicación Directa a nivel superior jerárquico; Comunicación Directa al Departamento de Cumplimiento Normativo ( canaletico@esic.edu ); Comunicación Directa a través de los Canales telemáticos de consultas y comunicación de infracciones habilitados (intranet y Web https://www.esic.edu/contacto-esic o Sistema interno de información | Escuela de Negocios y Centro universitario | ESIC
Contravención de lo acordado
Si se produjeran contravenciones a lo aquí establecido, incumplimientos o cumplimientos defectuosos de cualquier de las obligaciones, manifestaciones o garantías previstas en esta declaración, las partes podrán resolver unilateralmente el contrato/convenio que les une, sin incurrir por ello en ningún tipo de penalidad. Si el incumplimiento de esta cláusula produjera perjuicio a las partes —incluido el derivado de la resolución sobrevenida de la relación contractual o convencional— podrán instar su resarcimiento, sin perjuicio de la comunicación de infracciones a las entidades o autoridades competentes.
Este compromiso está redactado en español (cualquier traducción a otro idioma es considerada no oficial), permanecerá accesible por medio de Internet en esta misma página web y deberá ser interpretación conforme a normativa española. Este texto completa y complementa los acuerdos que firmen las entidades de la red ESIC y lo dispuesto en el Aviso legal, de privacidad y cookies de ESIC.
Las versiones de este compromiso quedan disponibles para su consulta en la caché almacenada en Internet Archive (ver).
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